Es el aporte en dinero o en especie destinado a la adquisición de vivienda nueva (solo en casos excepcionales de población desplazada, víctimas de actos terroristas y afectados por situaciones de desastre o calamidad pública el subsidio se puede asignar para compra de vivienda usada), construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda.
Para vivienda urbana es otorgado por las Cajas de Compensación Familiar a sus afiliados y por el Fondo Nacional de Vivienda
En el contexto de la crisis financiera mundial de 2008-2009, Colombia inició la implementación de políticas contracíclicas encaminadas a estimular la inversión y el consumo en la economía. Una de las medidas consistió en la utilización del Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (Frech), creado durante la crisis de 1999, para la asignación de coberturas que permitieran reducir las tasas de interés para adquisición de vivienda nueva.
Así, mediante el Decreto 11431, se creó el programa de coberturas a la tasa de interés (Frech I) con el propósito de reactivar el sector de la construcción mediante estímulos a la demanda de hogares de ingresos medios y bajos, facilitando las condiciones de financiación de inmuebles con valor de hasta 335 salarios.
Cuenta de ahorro programado para vivienda: con fecha de apertura e inmovilización, saldo a la fecha, número de cédula, nombre del titular de la cuenta, número de la cuenta y saldo promedio de los últimos 6 meses con fecha de expedición no mayor a 30 días.
Cesantías: Si el ahorro está representado en cesantías, certificación(es) del(os) fondo(s) de cesantías donde están depositadas, con el valor destinado para vivienda y fecha de inmovilización, con el promedio de los últimos 6 meses, nombre y cédula del titular, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
Cuota inicial: Deberá presentar el documento del oferente o constructor privado, firmado por su representante legal y su revisor fiscal, donde certifiquen el valor de la cuota inicial entregada a la constructora, adjuntando los respectivos recibos de caja o consignaciones
El Gobierno Nacional, brinda atención a los hogares de la población de menores recursos, durante las fechas que se divulgan oportunamente a través de las Cajas de Compensación Familiar u oficinas del FNA de todo el país, quienes informan lo pertinente sobre procedimientos, condiciones y demás inquietudes del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social urbana.
Los requisitos principales, de acuerdo a la normativa vigente (Decreto 2190 de 2009), que debe cumplir el hogar para poder acceder al Subsidio Familiar de Vivienda son los siguientes: